Lo esencial para no confundir un subarriendo legal con un problema de contrato
- Solo se puede subarrendar una parte de la vivienda, no la totalidad del piso.
- El propietario tiene que autorizarlo por escrito; sin ese permiso, el riesgo es serio.
- El precio total pactado no puede superar la renta del contrato original.
- Conviene dejar por escrito habitación, zonas comunes, suministros, duración y fianza.
- El derecho de la persona subarrendada termina cuando termina el contrato principal.
- En pisos de estudiantes, el calendario del acuerdo tiene que encajar con fechas reales, no con suposiciones.
Cuándo el subarriendo de vivienda es legal y cuándo ya no lo es
La LAU, tal como figura en el BOE, deja poco espacio para la improvisación: el arrendatario no puede ceder el contrato sin permiso escrito del arrendador y solo puede subarrendar de forma parcial con ese mismo consentimiento. Arrendatario es el inquilino principal; subarrendatario, la persona que ocupa la habitación y paga por ella. Yo separaría este tema en tres escenarios muy distintos, porque se confunden con facilidad y las consecuencias no son las mismas.
| Situación | Lectura legal | Efecto práctico |
|---|---|---|
| Alquilar una habitación con autorización escrita | Subarriendo parcial válido | El contrato principal sigue vigente |
| Alquilar toda la vivienda arrendada | No encaja como subarriendo ordinario | Puede considerarse cesión o incumplimiento grave |
| Pasar el contrato a otra persona | Cesión del contrato | Requiere consentimiento escrito del arrendador |
Hay otro matiz que no conviene perder de vista: si la parte subarrendada se destina a vivienda, el subarriendo se mueve dentro de las reglas de la LAU; si el uso pactado es otro, manda más lo acordado entre las partes, pero el permiso del propietario sigue siendo clave. Y algo importante: el derecho de la persona subarrendada termina cuando termina el tuyo, así que no hay una autonomía real frente al contrato principal. Con eso claro, el siguiente paso es pedir la autorización de forma que deje pruebas y no solo buenas intenciones.
El permiso por escrito del arrendador no es un trámite menor
Yo no confiaría nunca en un “sí, adelante” por teléfono o en una conversación informal. La ley exige consentimiento escrito, y eso significa que conviene dejar constancia clara de quién autoriza, qué habitación se puede ocupar, desde qué fecha y bajo qué condiciones básicas. Cuanto más concreto sea ese documento, menos espacio habrá para discutir después.
Si tuviera que resumir lo que debería quedar reflejado, me quedaría con esto:
- Identidad del arrendador, del inquilino principal y de la persona subarrendada.
- Dirección exacta de la vivienda y habitación concreta que se cede.
- Duración del permiso y fecha de inicio del subarriendo.
- Precio, forma de pago y reparto de suministros.
- Uso permitido de cocina, baño, salón, trastero o terraza, si procede.
- Referencia expresa a que el contrato principal sigue siendo el que manda.
Yo suelo insistir en que esta autorización se firme antes de que entre nadie en la habitación. Si el permiso llega tarde, ya no estamos hablando de orden, sino de corrección de daños. Y una vez que la autorización está cerrada, el siguiente punto crítico es el contrato con la persona que va a ocupar el cuarto.

Cómo redacto el contrato de habitación para evitar conflictos
Un acuerdo bien escrito ahorra discusiones sobre todo aquello que parece obvio al principio y deja de serlo cuando aparecen los primeros roces. Yo no dejaría fuera ningún dato que ayude a distinguir la habitación del resto de la vivienda, porque en un piso compartido los problemas suelen empezar por detalles pequeños: una llave, un invitado, una factura o una limpieza mal entendida.
| Cláusula | Qué conviene fijar |
|---|---|
| Habitación cedida | Número, ubicación, metros aproximados y mobiliario incluido |
| Zonas comunes | Cocina, baño, salón, lavadora, balcón o tendedero |
| Duración | Fecha de entrada y salida, siempre dentro del contrato principal |
| Renta | Importe, día de pago y cuenta bancaria o medio de cobro |
| Suministros | Incluidos, prorrateados o liquidados aparte con criterios claros |
| Fianza | Cuantía, motivo de retención y plazo de devolución |
| Salida anticipada | Preaviso, devolución de llaves y revisión del estado del cuarto |
Precio, gastos y duración, los tres puntos que más problemas generan
La regla económica es sencilla en su formulación y delicada en la práctica: el precio del subarriendo no puede superar el alquiler que paga el inquilino principal. Si la renta del piso es de 1.000 euros, yo no montaría una estructura que, sumando habitaciones y conceptos fijos, acabe por encima de esa cantidad. El límite está pensado para evitar especulación, no para convertir el piso en un negocio paralelo.
Un ejemplo ayuda mucho a ver el margen real. Si una habitación se alquila por 350 euros y los suministros se cobran aparte, conviene separar ambas partidas y explicar si esos 50 euros de luz, agua e internet son una simple repercusión de gastos o forman parte del precio de uso. Esa distinción no es estética: evita que más adelante alguien discuta si se está cobrando de más.
En duración, yo sería todavía más estricto. El subarriendo nunca debería ir más allá del contrato principal, ni aunque las dos partes “se entiendan bien” y quieran prolongarlo de palabra. Si el piso termina antes, termina también la situación de la persona subarrendada.
Para un estudiante, esto tiene una consecuencia muy concreta: el acuerdo debe encajar con el calendario académico, pero también con el contrato de base. No sirve pactar de septiembre a junio si el alquiler principal vence en mayo, ni confiar en una renovación futura que todavía no existe. Y si alguna de estas piezas falla, las consecuencias pueden alcanzar al contrato principal.
Qué pasa si se hace sin autorización o se confunde con una cesión
La parte más incómoda del tema es también la más clara: si se subarrienda sin consentimiento, el arrendador puede pedir la resolución del contrato principal. La ley contempla expresamente el subarriendo inconsentido como causa de resolución, así que no estamos ante una mera irregularidad administrativa, sino ante un riesgo real para quien figura como inquilino.
Yo suelo resumir los errores más frecuentes de esta forma:
- Alquilar la vivienda entera en vez de una parte concreta.
- Confiar en una autorización verbal sin dejar prueba escrita.
- No alinear la fecha de salida del subarrendatario con la del contrato principal.
- No documentar pagos, suministros ni estado de la habitación.
- Tratar como “ayuda entre amigos” lo que en realidad es un contrato con efectos jurídicos.
Que la persona que entra sea un compañero de clase, un conocido o alguien de confianza no cambia nada. En un conflicto real, lo que cuenta es el papel, la fecha y la prueba de lo pactado. Por eso yo dejaría cerradas unas comprobaciones finales antes de entregar la llave.
Lo que conviene dejar cerrado antes de entregar la llave
Antes de firmar, yo revisaría estas seis cosas sin saltarme ninguna:
- Que la autorización del arrendador existe y está por escrito.
- Que la duración del acuerdo no supera la del contrato principal.
- Que la habitación y las zonas comunes están descritas con precisión.
- Que el precio, los suministros y la fianza quedan claramente diferenciados.
- Que hay prueba del estado inicial de la habitación y del mobiliario.
- Que el preaviso de salida y la devolución de llaves están previstos desde el principio.
Si el subarrendatario es estudiante, yo además ajustaría el acuerdo al ritmo del curso y evitaría dejar cabos sueltos para el verano o para una renovación que todavía no está garantizada. Cuando el subarriendo parcial está bien atado, deja de ser una improvisación y pasa a ser una forma ordenada de repartir gastos sin poner en peligro el contrato principal.